miércoles, 23 de noviembre de 2016

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DERECHO AL VOTO DE PERSONAS DISCAPACITADAS




Las Personas con Discapacidad no sólo tienen el derecho a emitir el voto, sino que estan obligadas a hacerlo. Son miembros de la sociedad y por tanto titulares de derechos y sujeta a obligaciones, ya que son individuos que tienen los mismos derechos y libertades de las que gozan el resto de los habitantes, hecho este que impone el reconocimiento por parte de la comunidad a la que pertenecen delos derechos fundamentales. Entre estos derechos, se en El Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad, fue aprobado por la asamblea de Naciones Unidas en 1982 mediante Resolución Nº. 37/52, y fue el primer Instrumento integral que abordó la problemática de las Personas con Discapacidad en el mundo.cuentra el de no ser discriminados en razón de su discapacidad.

CASO 1
En Perú.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) habilitó una serie de medidas para garantizar el derecho al voto de las personas con discapacidad, en este artículo informaremos sobre alguna de estas acciones.
• Plantillas braille: Si el elector presenta alguna discapacidad visual, puede solicitar la plantilla braille al presidente de mesa
. • Votar acompañado: Los electores con capacidades diferentes pueden ingresar a la cámara secreta con una persona de su confianza, previa coordinación con el personal de la ONPE y del JNE, así como con los observadores y los personeros, de ser el caso.
• Traslado del material: Las personas con movilidad restringida pueden solicitar que la mesa de sufragio se ubique temporalmente en el primer piso (cerca de la puerta del local de votación).
 • Trato preferencial: Los electores con algún tipo de discapacidad, motora o visual, así como mujeres embarazadas y adultos mayores recibirán atención preferente durante los comicios, y estarán exonerados de formar colas.
• Empadronamiento: La ONPE abrió la inscripción hasta el 10 de febrero para que los electores con algún tipo de discapacidad se empadronen en el portal web y de esta forma se les brinden las facilidades necesarias que garanticen su ejercicio democrático al sufragio en las Elecciones 2016.

Bibliografía: http://www.eleccionesenperu.com/informacion-electoral-como-votan-personas-con-discapacidad-283.html

 CASO 2
En Ecuador del 2014:
para las elecciones  se instalaron 1762 mesas para personas con discapacidad, adultos mayores y mujeres embarazadas. Además se imprimieron 6 mil plantillas braille.  "este es un paso pequeño, pero grande en significado para que las personas con discapacidad ejerzan su derecho al sufragio, nosotros como Consejo Nacional Electoral seguiremos aportando con mecanismos y proyectos para su total inclusión", manifestó la Consejera.


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LA IMPORTANCIA DEL VOTO EN LA ADULTEZ MAYOR

Este concepto es básico para respetarnos y ser respetados, y en una sociedad que desea vivir en democracia, con equidad y justicia social, el ejercer el derecho al voto hasta nuestra muerte, es un avance inicial para que nuestros conciudadanos y quienes gobiernan consideren a las personas mayores como sus pares.



Caso 1
Consejo Nacional Electoral (CNE) emprendió un plan piloto de voto para los adultos mayores residentes en los centros geriátricos de la ciudad de Quito, cumpliendo con lo establecido en el Art. 38 de la Constitución de la República del Ecuador, que garantiza que: "El Estado establecerá políticas públicas y programas de atención a las personas adultas mayores (...)" y en concordancia con el numeral 3 que señala: "Desarrollo de programas y políticas destinadas -|a fomentar su autonomía personal, disminuir su dependencia y conseguir su plena integración social (...)".
El organismo electoral en su búsqueda de promover la participación de los grupos de atención prioritaria para las elecciones del 19 de febrero de 2017, creo este plan piloto, que permitirá ejercer el derecho del sufragio a 100 adultos mayores aproximadamente de los centros geriátricos del Hogar de Ancianos Sta. Catalina Labouré y el Hogar de Ancianos Corazón de María, de la Capital ecuatoriana.



Segundo caso:
Chile.-
En el caso de las personas adultas mayores, éstas también participaron en la recreación, mostrando las diferentes situaciones en las cuales pueden utilizar el derecho al voto asistido o hacerlo de forma autónoma, si así lo prefieren.
El voto asistido consiste en “si una persona requiere de asistencia de una segunda persona, esta persona tiene que ser mayor de 18 años y puede ingresar con la persona a la urna cuando tenga alguna discapacidad auditiva, cognitiva o visual. Pero las personas que asisten también tienen que identificarse con su carnet de identidad. Si la persona no cuenta con alguien que la pueda asistir en este proceso, puede solicitar la ayuda del Presidente de la Mesa quien, en este caso, no puede ingresar a la urna pero sí esperarlo a la salida para ayudarlo en doblar el voto y poder introducirlo en la urna”.


Bibliografía: http://www.senama.cl/n7783_19-10-2016.html

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DERECHO AL SUFRAGIO DE LOS ANALFABETOS




CASO 1

En el Perú se considera que todos los campesinos eran analfabetos, y no necesariamente era así, los analfabetos votan desde 1977  los analfabetos fueron incluidos en las elecciones para la Asamblea Constituyente que finalmente fue presidida por Víctor Raúl Haya de la Torre. Se usaban letras y números para elegir a los candidatos, posteriormente, en 1980, se empezó a usar símbolos justamente para facilitar el voto de quienes no sabían leer.

Bibliografia: http://grancomboclub.com/2007/12/aclaracin-sobre-el-voto-de-los.html


CASO 2

El voto en el Ecuador no siempre fue como se lo ejerce hoy en día. Desde 1830, cuando nació la República, hasta la actualidad, el mecanismo de sufragio ha sufrido nueve cambios. El Ecuador fue concebido como una nación democrática, en donde los ciudadanos tenían derecho a elegir y ser elegidos. Sin embargo, no todos podían acceder a esa posibilidad. Tan solo los hombres mayores de 21 años, que sabían leer y escribir, que tenían una propiedad y no trabajaban como sirvientes, podían sufragar. Así, en un país de cerca de 500 000 habitantes, las decisiones quedaban en manos de 8 000 ciudadanos. Además, el voto no era directo como en la actualidad: entonces se elegía mediante un sistema de asambleas. Por ejemplo, los votantes parroquiales elegían a representantes cantonales, que a su vez escogían a los delegados provinciales y ellos, a los senadores y diputados. 1978 Voto universal.  Se reconoció el derecho al voto de los analfabetos, entre los que estaba un amplio número de indígenas y campesinos.
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DERECHO AL SUFRAGIO DE LOS MIGRANTES

Algunas naciones son más indulgentes y sí permiten el voto extranjero en elecciones locales(ya sean municipales o estatales). Pero sólo tres van más allá y permiten al residente extranjero participar en los comicios nacionales.

CASO 1Uno de ellos es Chile. Hace más de 120 años que su carta magna, en el art 14, autoriza el voto extranjero a partir de los cinco años de residencia.

CASO 2

Nueva Zelanda es el otro país que desde 1975 autoriza el derecho al sufragio a los extranjeros residentes en su país. Su sistema parlamentario, así que los ciudadanos no eligen directamente a su primer ministro, sino a los miembros de su Asamblea General. Este país, al contrario que Chile y Uruguay,  permite a sus cuidadanos votar en el extrajero.

Bibliografía: http://www.infobae.com/2012/09/06/1057613-que-paises-permiten-votar-los-extranjeros/

miércoles, 16 de noviembre de 2016

On 6:51 by Unknown   No comments


PRIVADOS DE LA LIBERTAD
Caso 1

Internacionalmente, las políticas en materia de derechos de voto de los presos transitan a lo largo de un abanico de alternativas. Por un lado, hay países que permiten a los presos votar (por ejemplo, Canadá, Ucrania, Sudáfrica e Irán). Varios países restringen la votación a determinados grupos de presos. Por ejemplo, en Australia los condenados a más de 5 años no pueden votar, mientras que en China es para los condenados a muerte que está prohibido votar. Muchos países tienen una prohibición más o menos indiscriminada respecto del voto de los presos (por ejemplo, el Reino Unido y Rusia). Por último, hay unos pocos países, tales como Finlandia, que prohíben votar a los presos por algún tiempo después de finalizado su encarcelamiento. Algunos estados en los Estados Unidos tienen una de las más restrictivas políticas en este sentido; privan del derecho a voto permanentemente a los criminales.
Aunque la mayoría de las políticas de privación del voto se refieren a los presos condenados, los presos en espera de juicio o de condena son a menudo "prácticamente" privados del voto, con poca oportunidad de votar en la cárcel. Se estima que casi 4,5 millones de personas, en 54 países, han sido privados de su derecho al voto debido a la encarcelación
Estados Unidos: una democracia que priva del sufragio
Actualmente, 16 estados niegan el voto a criminales encarcelados, pero conceden el voto a aquellos que están fuera de la cárcel bajo libertad condicional; 4 estados sólo permiten a los criminales bajo probation votar y privan del voto tanto a parolees como a quienes están en la cárcel; 31 estados privan del voto a todos los criminales bajo probation, en la cárcel y bajo parole y, finalmente, 14 estados eliminan de manera efectiva el derecho a votar de todos los condenados por delitos graves, incluidos quienes ya han cumplido su condena (5 estados privan en forma permanente a ex criminales, mientras que en los otros 9 estados los ex criminales pueden recuperar el derecho después de un período de tiempo).
Caso 2
En Ecuador, las personas en prisión preventiva tienen la obligación de votar, mientras que las que cumplen condena carecen del derecho al voto, según la Constitución. Un total de 8 963 personas están llamadas a las urnas hoy en 53 centros penitenciarios del país, informó un portavoz del Consejo Nacional Electoral (CNE).


Bibliografia: Este contenido ha sido publicado originalmente por Diario EL COMERCIO en la siguiente dirección:http://www.elcomercio.com/actualidad/politica/ecuador-963-presos-ejercen-hoy.html. Si está pensando en hacer uso del mismo, por favor, cite la fuente y haga un enlace hacia la nota original de donde usted ha tomado este contenido. ElComercio.com